La sustitución de la Constitución
Fecha
2009Autor(es)
Anzola Reyes, Gustavo AdolfoGómez Saad, Luis Alberto
Orozco Vasconsellos, Jose Manuel
Restrepo Bahamón, Santiago
Director(es)
Polo Rosero, Miguel EfraínPublicador
Pontificia Universidad Javeriana
Facultad
Facultad de Ciencias Jurídicas
Programa
Derecho
Título obtenido
Abogado (a)
Tipo
Tesis/Trabajo de grado - Monografía - Pregrado
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Citación
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Resumen
"La teoría de ""La Sustitución de la Constitución"" implementada por la Corte Constitucional al ordenamiento jurídico colombiano, le prohibió al Congreso de la República en su facultad de coreformador de la Constitución, que a través de reformas constitucionales se suprimieran elementos esenciales de esta. Esto debido a que según la Corte Constitucional, el artículo 374 de la Constitución Política permite que la Carta sea reformada más no sustituida, por lo tanto si se elimina o se cambia sustancialmente un elemento esencial del ordenamiento constitucional, la Corte en aras de la defensa de la Constitución tendría que dictar la inexequibilidad de la mencionada reforma. Lo anterior, desde nuestro punto de vista es una competencia que la Corte Constitucional no tiene asignada por la Constitución, la cual sólo permite que los mecanismos de reforma a la Carta sean analizados por vicios de procedimiento en su formación, y no de materia o competencia. Sin embargo, la Carta consagra en su artículo 375 un único límite material a favor del Pueblo, para que este si así lo considera, por medio de un referendo derogatorio, derogue reformas constitucionales siempre y cuando se refieran a los siguientes temas: (i) derechos fundamentales y sus garantías, (ii) los mecanismos de participación popular, y (iii) al congreso. Por consiguiente, se observa que la Corte en aras de proteger la Constitución, cae en subjetivismo judicial, tal vez surgido del temor a que los gobernantes en uso de reformas constitucionales puedan ""abusar"" de su poder."
Abstract
"The theory of the ""substitution of the constitution"", which was adopted by our Constitutional Court, and included in the Colombian legal system, established the prohibition to the National Congress, of suppressing essential elements of the constitution when it is working on a reform of it. The reason is, according to the Court, that article 374 of the Constitution allows it s text to be reformed, not to be substituted. Therefore, if an essential element of the constitutional system is to be suppressed or substantially changed, the Court, in order to protect the constitution, must declare such reform as unconstitutional. But the constitution clearly states that a constitutional reform can only be declared as unconstitutional for reasons related to the procedure, not for its content, which is being done by the Court. Nevertheless, our Constitution allows the people, through a referendum, to derogate a constitutional reform when it includes the following topics: (i) fundamental rights and its means to protect them, (ii) the people s participation systems, (iii) the Congress. So basically, the Constitutional Court, in order to protect the Constitution, uses subjective judicial methods inspired by the fear of abuse of power that might result from unlimited constitutional reforms."
Palabras clave
Sustitución de la constituciónLímites implícitos
Mecanismos de reforma
Subjetivismo judicial
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